Tuesday, January 24, 2006

XXI century censorship

Tal Cual edotorial of Tuesday 24, Januray 2006

Censura siglo XXI

Hoy amanecimos con una medida concreta de censura de prensa escrita, radio y televisión.

Un juez, por solicitud de la Fiscalía, ha prohibido la publicación de cualquier información sobre el juicio Anderson y, además, cualquier información sobre la “vida privada” del inefable “testigo estrella”, Geovanny Vásquez De Armas. Al mismo tiempo designó a Conatel como órgano ejecutor de las medidas de censura al ordenarle abrir “procedimientos administrativos” no sólo contra medios radioeléctricos (que son los de su ámbito) sino también contra la prensa escrita (con la cual Conatel no tiene nada que ver).

Sobre el “testigo estrella” el juez prohíbe la “publicación, divulgación o exposición” de informaciones “que hagan referencia al prenombrado testigo”, en particular las atinentes a su “vida privada”. Esto es realmente el colmo. Las informaciones publicadas sobre el señor Vásquez De Armas no se refieren a su “vida privada” sino precisamente a su vida pública. De acuerdo con informaciones provenientes de organismos oficiales colombianos este señor es un delincuente. Aunque este aspecto de su vida pública no lo invalida como testigo, puesto que, en principio, delincuente y todo podría estar diciendo la verdad, sin embargo, las informaciones publicadas se refieren a la peculiar naturaleza de su especialidad delictiva: la suplantación de personalidad y la falsificación de documentos de identidad, lo cual, obviamente, permitiría poner en entredicho sus testimonios. Cuando los medios informan sobre este aspecto de la “vida pública” de la “estrella” no hacen sino suplir la omisión de la Fiscalía, que estaba obligada a proporcionar los datos sobre el sujeto de marras y, en particular, a hacernos saber que no sólo no es médico psiquiatra sino que ha sido detenido varias veces en Colombia por los delitos antes mencionados. Además, como si fuera poco, la semana pasada se publicó información, verificada, que demostraría que el “testigo estrella” no podía haber participado de una reunión en Panamá donde supuestamente los “autores intelectuales” habrían planificado el asesinato de Anderson porque en esa misma fecha se encontraba detenido en Riohacha, Colombia. ¿Debe un medio que posee esta información, del mayor interés para el público, que tiene derecho a estar informado, abstenerse de publicarla porque ello sería, en la singular interpretación de la Fiscalía, “obstrucción de la justicia” ?
A nosotros nos parece que obstrucción de la justicia es precisamente utilizar las que, de acuerdo con los datos provenientes de Colombia, no serían sino mentiras de la “estrella”, para obtener las sentencias judiciales que la Fiscalía quiere.

Isaías Rodríguez se ha salido, por ahora, con la suya. Ha logrado “proteger” con la censura las infinitas chambonadas cometidas por la Fiscalía, incluyendo las de él mismo, en la investigación del asesinato de Anderson. Ha logrado que el juicio se desarrolle, de ahora en adelante, en secreto y que los testimonios de un mentiroso compulsivo no puedan ser cuestionados.

Pero esto va mas allá del caso Anderson.

Esto debe ser enfrentado con toda decisión porque esta peripecia se parece demasiado a un ensayo general de censura sobre la libertad de expresión.